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Sobre la ley estatutaria de educación - Pruebas

Adriana Marcela Méndez Serrano
28 de mayo de 2024 - 04:05 p. m.

Esta columna y la siguiente abordan dos debates actuales y trascendentales: el contenido de la autonomía universitaria y el proyecto de ley estatutaria de educación. Lo hago a pesar de que el ex vicepresidente Francisco Santos ha intentado deslegitimar mi intervención en estas discusiones con ataques en mi contra en su columna de Semana o con trinos que sugieren que todo lo hago por supuestos contratos de asesoría con el Ministerio de Educación.

Estos arrebatos de Santos son una típica falacia ad hominem, pues en vez de rebatir mis argumentos busca cuestionarme moralmente. Pero además todo es falso. No tengo con este Gobierno ni he tenido con anteriores ningún contrato de asesoría. Si los tuviera, los hubiera revelado, como siempre he informado acerca de temas personales que puedan comprometer mi independencia. Así lo he hecho en los debates sobre la elección del rector de la Universidad Nacional (UNAL), en que he aclarado que he sido colega del profesor Leopoldo Múnera durante décadas.

En esta columna me centro en el proyecto de ley estatutaria de educación, por cuanto este entra en momentos críticos en el Congreso.

Este proyecto desarrolla el contenido de la educación como derecho fundamental, para lo cual toma en cuenta esencialmente los desarrollos jurisprudenciales de la Corte Constitucional. La codificación de esa abundante jurisprudencia en unos pocos artículos sería ya clave pues sólo los expertos conocen las numerosas y extensas sentencias de la Corte sobre educación. Pero el proyecto no se limita a esa sistematización, sino que incorpora también avances importantes. Por ejemplo, busca garantizar la educación inicial, que es la que reciben las niñas y los niños antes de la primaria y que es crucial para que las personas desarrollen todas sus potencialidades, lo cual, además, reduce las desigualdades económicas y las inequidades de género.

Este proyecto, que he apoyado en columnas y en discusiones públicas, en general ha tenido buena acogida: los expertos y las fuerzas políticas coinciden en que nuestro sistema educativo, a pesar de avances, tiene problemas serios de calidad y pertinencia e incluso de cobertura en educación temprana o universitaria. Y que garantizar una educación de calidad a todas las personas es crucial para Colombia, por lo cual una ley estatutaria sobre el derecho fundamental a la educación es un paso importante al expresar un acuerdo y un compromiso políticos de avanzar decisivamente en esa dirección.

Sin embargo, el proyecto corre el riesgo de hundirse pues le faltan dos debates y, por ser una ley estatutaria, tiene que ser aprobada antes del 20 de junio. Y ha recibido objeciones, en especial de las fuerzas opositoras, algunas pertinentes (como que esta ley estatutaria no es el espacio para definir el gobierno universitario), pero otras infundadas.

En esta columna, por espacio, sólo toco una: que su trámite sería inconstitucional porque el Gobierno no ha presentado una evaluación de su impacto fiscal. No lo creo, pues en este caso no se aplica la exigencia de esa evaluación, conforme a lo establecido en la Ley 819/03 y a la jurisprudencia de la Corte —como la reciente Sentencia C-161/24, que tumbó el Ministerio de la Igualdad—, porque este proyecto no ordena gasto ni establece beneficios tributarios, sino que define los contenidos de un derecho fundamental. Por eso, frente a un caso semejante (la Ley Estatutaria de Salud), la Sentencia C-313/14 consideró que no era obligatorio evaluar el impacto fiscal.

Ojalá este valioso proyecto no se hunda por la polarización que estamos viviendo. Es más, su aprobación no sólo mostraría la inutilidad de una constituyente, sino que podría ser el primer punto de ese acuerdo nacional que tanto necesitamos.

* Investigador de Dejusticia y profesor de la 
Universidad Nacional.

Adriana Marcela Méndez Serrano

Por Adriana Marcela Méndez Serrano

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